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Los sindicatos libres por un orden mundial democrático [Free trade unions for democratic world order]

Vanderveken, John
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Abstract
"Los derechos sindicales están definidos y expuestos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la Constitución de la OIT y en los Convenios número 87 y 98 de la OIT. Creo que un mundo democrático debería basarse en un compromiso internacional actualizado para que se apliquen dichos Convenios en la ley y en la práctica. La observancia o no de derechos sindicales es la mejor prueba de las intenciones de cualquier gobierno con respecto al fomento de la democracia. Por lo tanto, es esencial salvaguardar y reforzar la autoridad de los procedimientos de la OIT en lo relativo a la Aplicación de Convenios y de la Libertad Sindical. Creo que también necesitamos intensificar el trabajo de la OIT y garantizar que sus conocimientos sean utilizados en todos los organismos internacionales y en los gobiernos nacionales al determinar criterios y decidir quiénes reúnen las condiciones requeridas para recibir asistencia financiera y preferencias comerciales. Pero nadie realizará nuestra tarea por nosotros. La CIOSL debe ser el centro mundial de acción sindical en favor de derechos sindicales y de democracia. "
Note(s)
Topic
Type
Article
Date
1992
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ISBN
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Copyright/License
Creative Commons Copyright (CC 2.5)
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